Absueltos los acusados de impedir la tala de árboles en Celorio
Artículo puesto en línea el 9 de marzo de 2006
última modificación el 28 de agosto de 2006

por Prenseru

9/3/2006

La Voz de Avilés

Absueltos los acusados de impedir la tala de árboles en Celorio

La jueza mantiene que los jesuitas son los propietarios, aunque matiza que carecían de permiso para el derribo

IRENE GARCÍA/LLANES

PLAZA. Los seis absueltos, en la plaza de la polémica. / D. E.

No tendrán que pagar los 5.095 euros que les pedía la Compañía de Jesús. Los seis imputados por un supuesto delito de coacción, por una protesta vecinal que acabó impidiendo la tala de árboles en la plaza central de Celorio, han quedado absueltos. Los hechos sucedieron cuando varios vecinos, entre los que se encontraban los acusados, decidieron protestar ante la tala, impulsada por la Compañía de Jesús para evitar, según decían estos últimos, que los árboles dañaran el edificio de los jesuitas. Los manifestantes, por su parte, entendían que la plaza era un bien público y se opusieron al derribo. Pese a quedar demostrada la titularidad de la plaza y, por tanto de los árboles, a favor de la Compañía de Jesús, la ausencia de permisos necesarios fue lo que finalmente determinó el fallo.

En el texto, la jueza Carmen Márquez señala que no cabe duda de que el comportamiento de todos los imputados puede enmarcarse dentro del de «obligar por medio de la fuerza a hacer algo que no se desea». En ese sentido, determina que la protesta impidió a los obreros llevar a cabo su trabajo, por lo que afirma que sí había un «ánimo tendencial de coaccionar y restringir la libertad ajena». En base esto, se podría hablar de coacciones.

No obstante, finalmente argumenta que «para poder considerar que existen coacciones es necesario que el acto que se trate de impedir esté dentro de la legalidad». El hecho de que la Compañía de Jesús no hubiera obtenido los permisos necesarios hizo que la jueza considerase que ésta no actuaba conforme a la legalidad. Por ello, optó por la absolución de los acusados María de los Ángeles Floranes, Ninon Levy, Julio Galguera, José Carlos Lledías, Félix del Valle y Omar Sotres.

El texto señala que «no se trata de que la Compañía de Jesús no pueda proteger los muros de su propiedad». Considera que «ante la antigüedad y el valor del recinto», tanto la Consejería de Cultura como el Ayuntamiento habrían adoptado las medidas necesarias para su conservación. «Y si para ello resultara necesario proceder a la tala de los árboles, por muy centenarios que sean, se autorizará sin duda», añade. Sin embargo, el hecho de que los jesuitas no pidieran permiso alguno, benefició a los acusados.

Protegido

Respecto a la discusión sobre la legalidad de la decisión de talar los árboles, no fueron admitidas ni la postura de la Compañía de Jesús, de haber pedido al Arzobispado de Oviedo el permiso para la tala, ni la de los vecinos que defendían que los árboles son propiedad del pueblo y que, al haberse acordado en concejo público que no se talarían, tenían derecho a impedirla.

La sentencia mantiene, en esta disyuntiva, que no es cierto que los árboles sean propiedad del pueblo, pero que «tampoco el Arzobispado puede sin más decidir sobre una remodelación como la que supondría la supresión de una serie de árboles que por su antigüedad y su porte forman parte del la estética de la plaza».

Incluye, además, el hecho de que ésta ha sido incluida en el Camino de Santiago, y forma parte, por ello, del patrimonio protegido por la Consejería de Cultura.

La magistrada considera que «hubiera sido necesaria la obtención de los correspondientes permisos».

Es más, asegura que «no consta» que hayan sido solicitados a la consejería ni al Ayuntamiento.

En cuanto a las costas procesales, al no haber resultado nadie como criminales responsables de un delito o falta, se interpreta que se deben declarar de oficio.

Los vecinos imputados no tardaron en manifestar su satisfacción por el resultado de la sentencia. De este modo lo expresó María de los Ángeles Floranes, quien añadió que la alegría era «compartida por todo el pueblo».

La acusación aún tiene cinco días para recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Asturias.